Nuestra oferta
de seguros
En la futura reforma del Reglamento de Circulación saltarse los límites de velocidad estará sancionado de la misma manera que ahora. En los tramos de autopista en que se pueda circular a 130 km/h, saltarse este límite implicará unas sanciones de 100 a 600 euros en función de la velocidad a la que se circule.
De esta manera, los tramos que relacionan el importe de la sanción con el exceso de velocidad se establecen de la siguiente manera: cuando se circule entre 131 y 150 km/h, la multa será de 100 euros; si se circula entre 161 y 180 km/h, la sanción asciende a 300 euros y se procederá a la retirada de 2 puntos el carnet; si el exceso de velocidad supera los 180 km/h, es decir entre 181 y 190 km/h, la multa será de 400 euros. En este caso, se retirarán 4 puntos; y si se superan los 191 km/h, será considerado como falta grave por lo que la multa ascienderá a los 600 euros y se procederá a la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
Otro de los límites que establecerá la nueva Ley de Tráfico es el de 20 km/h para algunas calles. En estos casos, superar este límite también estará penado con multas de 100 a 600 euros de acuerdo con los siguientes tramos: si se circula entre 21 y 40 km/h, la multa será de 100 euros; el exceso de velocidad de 41 a 50 km/h estará penado con multas de 300 euros y con la retirada de 2 puntos del carnet de conducir; si se circula entre los 51 y 60 km/h, la multa será de 400 euros y conllevará la retirada de 4 puntos; si el exceso de velocidad supera los está entre los 61 y los 70 km/h, la sanción tendrá un importe de 500 euros y supondrá la retirada de 6 puntos del carnet, lo mismo que si se superan los 71 km/h, pero en este caso con una multa de 600 euros.
De acuerdo con la información proporcionada por el Ministerio del Interior, el nuevo reglamento así como los nuevos límites de velocidad no entrarán en vigor hasta la próxima primavera.
Fuente: Europapress