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14/06/2013

Al pedir una hipoteca, es normal que la entidad bancaria o caja de ahorros nos inste (en la mayoría de casos obliga) a firmar numerosos seguros ligados al crédito hipotecario. Sin embargo, el consumidor ha de saber que la ley tan solo nos obliga a suscribir un seguro de hogar con cobertura básica contra incendios, terremotos e inundaciones. La Ley de regulación del Mercado Hipotecario no nos exige ninguna otra contratación de seguros o productos bancarios.

Si aún no estás sujeto a una hipoteca, pero lo harás en breve, ten en cuenta esta consideración si no quieres arrepentirte en un futuro de pagar un producto que no se justa a tus necesidades y a un precio mucho mas elevado. Además, la entidad prestamista no tiene por qué obligarte a suscribir ese seguro obligatorio con ella, sí a demostrar, por el contrario, que lo has contratado con cualquier otra entidad y que recae sobre la vivienda hipotecada.

Lo que sí puede hacer la entidad bancaria es mejorarte las condiciones de tu préstamo si contratas seguros como el seguro de vida o seguro de hogar; ahí serás tú quien deba decidir si la bonificación compensa la contratación del seguro con la entidad prestamista.

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